miércoles, 5 de diciembre de 2018

ARMAS DE FUEGO ILEGALES EN MEXICO

ARMAS DE FUEGO ILEGALES EN MEXICO

Las armas que podrán autorizarse a los deportistas de tiro o cacería, para poseer en su domicilio y portar con licencia, son las siguientes:
Pistolas, revólveres y rifles calibre .22, de fuego circular.
Pistolas de calibre .38 con fines de tiro olímpico o de competencia.
Escopetas en todos sus calibres y modelos, excepto las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).
Escopetas de 3 cañones en los calibres autorizados en la fracción anterior, con un cañón para cartuchos metálicos de distinto calibre.
Rifles de alto poder, de repetición o de funcionamiento semi-automático, no convertibles en automáticos, con la excepción de carabinas calibre, 30, fusil, mosquetones y carabinas calibre .223, 7 y 7. 62 mm. y fusiles Garand calibre .30.
Rifles de alto poder de calibres superiores a los señalados en el inciso anterior, con permiso especial para su empleo en el extranjero, en cacería de piezas mayores no existentes en la fauna nacional.Las demás armas de características deportivas de acuerdo con las normas legales de cacería, aplicables por las Secretarías de Estado u Organismos que tengan injerencia, así como los reglamentos nacionales e internacionales para tiro de competencia.
A las personas que practiquen el deporte de la charrería podrá autorizárseles revólveres de mayor calibre que el de los señalados en el artículo 9o. de ésta Ley, únicamente como complemento del atuendo charro, debiendo llevarlos descargados.1
REFERENCIAS

lunes, 3 de diciembre de 2018

ARMAS DE FUEGO LEGALES EN MÉXICO


ARMAS DE FUEGO LEGALES EN MÉXICO.

Pueden poseerse o portarse, en los términos y con las limitaciones establecidas por esta Ley, armas de las características siguientes: Pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.), quedando exceptuadas las pistolas calibres .38 Súper y .38 Comando, y también en calibres 9 mm. las Máuser, Luger, Parabellum y Comando, así como los modelos similares del mismo calibre de las exceptuadas, de otras marcas. Revólveres en calibres no superiores al .38 Especial, quedando exceptuado el calibre .357 Magnum. Los ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo, fuera de las zonas urbanas, podrán poseer y portar con la sola manifestación, un arma de las ya mencionadas, o un rifle de calibre .22, o una escopeta de cualquier calibre, excepto de las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 o 18. 5 mm.).1

domingo, 25 de noviembre de 2018

ARMAS DE RETROCARGA

ARMAS DE RETROCARGA.

Una arma de retrocarga es una arma de fuego en la cual el proyectil es cargado por la parte posterior de la misma, a diferencia de las armas de avancarga en las cuales, el proyectil y el propelente se introducen en el arma por la boca de la misma.1










REFERENCIAS.
1.-armas de retrocarga.https://es.wikipedia.org/wiki/Retrocarga. Consultado el 25/11/2018


ARMAS DE AVANCARGA.

ARMAS DE AVANCARGA.

Un arma de avancarga es un arma de fuego en la cual tanto el proyectil como el propelente son cargados por la boca del cañón de la misma; a diferencia de las armas de retrocarga, en las que el proyectil se introduce por la parte posterior de la misma.1

 REFERENCIAS.

1.-Armas de avancarga.https://es.wikipedia.org/wiki/Avancarga . Consultado el:25/11/2018.

ARMAS AUTOMÁTICAS

ARMAS AUTOMÁTICAS.

Un arma automática es cualquier tipo de arma de fuego que dispara continuamente manteniendo apretado el gatillo. Para que esto suceda, el arma debe ser capaz de introducir una nueva bala en la recámara de forma automática, a diferencia de las armas semiautomáticas que utilizan los gases provocados por el disparo del proyectil para introducir una nueva bala en la recámara y amartillar el arma para poder realizar otro disparo apretando el gatillo.1

 REFERENCIAS

1.-Armas automáticas.

miércoles, 21 de noviembre de 2018

ARMAS DE REPETICION

ARMAS DE REPETICIÓN


Arma de fuego que se recarga después de cada disparo, mediante un mecanismo accionado por el tirador que introduce en el cañón un cartucho colocado previamente en el depósito de municiones. Esto quiere decir que una vez accionado el gatillo, el mecanismo hace expulsar el proyectil y para volver a realizar un disparo, necesitamos de la acción humana para cargar en el cañón un cartucho que teníamos en el depósito de munición y que hemos cargado previamente. En definitiva, imaginemos que somos nosotros los que utilizamos el arma, tendríamos que cargar el arma con las balas correspondientes. Una vez cargada, accionar el mecanismo para colocar la primera bala en el cañón . Ya podríamos disparar. En el momento del disparo, el cañón queda sin bala pero podemos colocar otra con la acción de la corredera nuevamente. Así sucesivamente.1
 







REFERENCIAS

ARMAS NO PORTATILES

ARMAS NO PORTATILES

Son aquellas que para su desplazamiento o utilización se hace necesario el auxilio de otra persona o un medio mecánico o animal (mortero, cañón, ametralladora).1


REFERENCIAS

ARMAS DE FUEGO ILEGALES EN MEXICO

ARMAS DE FUEGO ILEGALES EN MEXICO Las armas que podrán autorizarse a los deportistas de tiro o cacería, para poseer en su domicilio...